# Ley Orgánica De La Armada De México - Artículo 27

Clave: LOAM
Artículo: 27
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 27
. Las Brigadas de Infantería de Marina, están constituidas por Batallones de Infantería de Marina y unidades de apoyo para el sostenimiento de las operaciones.
Las personas titulares de las Comandancias de las Brigadas de Infantería de Marina serán de la categoría de Almirantes de Infantería de Marina y estarán adscritas a los Mandos Superiores en Jefe Operacionales o donde lo ordene el Alto Mando.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Armada De México, artículo 27.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
