# Ley Orgánica De La Armada De México - Artículo 48

Clave: LOAM
Artículo: 48
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 48
. Los órganos de disciplina, conforme al orden de superioridad, se organizan de la siguiente manera:
La Junta de Almirantes;
Los Consejos de Honor Superior;
Los Consejos de Honor Ordinario, y
Los Consejos de Disciplina.
Funcionarán con carácter permanente conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, cuyas resoluciones serán autónomas y de carácter obligatorio.
IV
os Consejos de Honor Superior conocerán de los recursos de inconformidad que se interpongan en contra de las resoluciones emitidas por los Consejos de Honor Ordinarios y Consejos de Disciplina.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Armada De México, artículo 48.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
