# Ley Orgánica De La Armada De México - Artículo 77

Clave: LOAM
Artículo: 77
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 77
. Al personal que se encuentre cursando carreras de nivel superior en los diferentes establecimientos educativos navales se les denominará Cadetes y a los de nivel medio superior Alumnado.
Para efectos disciplinarios se regirán por los reglamentos de los establecimientos educativos navales correspondientes y para efectos de la comisión de delitos del fuero de guerra se sujetarán a lo establecido en el
Código de Justicia Militar
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Armada De México, artículo 77.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
