# Ley Orgánica De La Armada De México - Artículo 83

Clave: LOAM
Artículo: 83
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 83
. Los ascensos del personal naval se conferirán con arreglo a lo establecido en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, en la
Ley de Ascensos de la Armada de México
y en su reglamento, tomando en consideración la igualdad de oportunidades.
Durante su permanencia en el servicio activo deberán cumplir con un perfil de confianza acorde a la misión de la Armada de México.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Armada De México, artículo 83.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
