# Ley Orgánica De La Armada De México - Artículo 85

Clave: LOAM
Artículo: 85
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 85
. Se consideran como grado máximo los siguientes:
Para los Cuerpos:
Núcleo: hasta Almirante;
Escala técnico profesional: hasta Capitán de Corbeta, y
Escala no profesional: hasta Teniente de Navío, y
Para los Servicios:
Núcleo: hasta Vicealmirante;
Escala técnico profesional: hasta Capitán de Corbeta, y
Escala no profesional: hasta Teniente de Navío.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Armada De México, artículo 85.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
