# Ley Orgánica De La Armada De México - Artículo 96

Clave: LOAM
Artículo: 96
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 96
. No se autorizará pase a depósito, licencia extraordinaria o ilimitada, ni baja, por solicitud de la persona interesada, cuando el país se encuentre en estado de emergencia, en caso de invasión, perturbación grave de la paz pública o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Armada De México, artículo 96.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
