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# Ley Orgánica De La Administración Pública Federal - Artículo 36

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO SEGUNDO - De la Administración Pública Centralizada
- CAPITULO II - De la Competencia de las Secretarías de Estado y Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

```text
Artículo 36.- A la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
Párrafo reformado DOF 20-10-2021, 28-11-2024

I. 	Formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo de las comunicaciones y transporte terrestre y aéreo, de acuerdo a las necesidades del país;
Fracción reformada DOF 19-12-2016, 07-12-2020

I Bis.	Se deroga.
Fracción adicionada DOF 14-07-2014. Derogada DOF 28-11-2024

I Ter.	Construir, equipar, restaurar, reforzar, reconstruir y rehabilitar obras públicas de infraestructura urbana y para el transporte público de pasajeros, así como intervenciones en espacio público necesarias para el desarrollo, en coordinación con los tres órdenes de gobierno, desde la planeación, programación, presupuestación y ejecución;
Fracción adicionada DOF 28-11-2024

I Quáter. Construir, equipar, restaurar, reforzar, reconstruir y rehabilitar infraestructura urbana, para proyectos culturales y desarrollo de habilidades, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;
Fracción adicionada DOF 28-11-2024

I Quinquies. Construir, equipar, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al servicio del sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;
Fracción adicionada DOF 28-11-2024

I Sexies. Participar, a solicitud de las autoridades federales competentes, en la construcción, equipamiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción, sustitución, ampliación y habilitación de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura, incluyendo establecimientos destinados a la prestación de servicios de salud, en coordinación con los tres órdenes de gobierno;
Fracción adicionada DOF 07-05-2026

II.	Se deroga.
Fracción reformada DOF 24-12-1986, 14-07-2014. Derogada DOF 28-11-2024

III.- 	Se deroga.
Fracción derogada DOF 14-07-2014

IV.- 	Otorgar concesiones y permisos para establecer y operar servicios aéreos en el territorio nacional, fomentar, regular y vigilar su funcionamiento y operación, así como negociar convenios para la prestación de servicios aéreos internacionales;

V.- 	Regular y vigilar la administración de los aeropuertos nacionales, conceder permisos para la construcción de aeropuertos particulares y vigilar su operación;

VI.- 	Administrar la operación de los servicios de control de tránsito, así como de información y seguridad de la navegación aérea;

VII.-	Construir las vías férreas, patios y terminales de carácter federal para el establecimiento y explotación de ferrocarriles, tanto para el transporte de carga, como de pasajeros y la vigilancia técnica de su funcionamiento y operación;
Fracción reformada DOF 16-07-2025

VIII.	Planificar, regular y vigilar la administración y operación del sistema ferroviario;
Fracción reformada DOF 28-11-2024

IX.- 	Otorgar concesiones y permisos para la explotación de servicios de autotransportes en las carreteras federales y vigilar técnicamente su funcionamiento y operación, así como el cumplimiento de las disposiciones legales respectivas;

X.- 	(Se deroga).
Fracción derogada DOF 04-01-1999

XI.- 	Participar en los convenios para la construcción y explotación de los puentes internacionales;

XII. 	Fijar las normas técnicas del funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes aéreos y terrestres, y las tarifas para el cobro de los mismos, así como participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de las tarifas de los servicios que presta la Administración Pública Federal de comunicaciones y transportes aéreos y terrestres;
Fracción reformada DOF 07-12-2020

XIII.- 	Fomentar la organización de sociedades cooperativas cuyo objeto sea la prestación de servicios de comunicaciones y transportes;

XIV. 	Se deroga.
Fracción derogada DOF 07-12-2020

XV. 	Establecer los requisitos que deban satisfacer el personal técnico de la aviación civil, servicios públicos de transporte terrestre, así como conceder las licencias y autorizaciones respectivas;
Fracción reformada DOF 14-07-2014, 07-12-2020

XVI. 	Se deroga.
Fracción derogada DOF 07-12-2020

XVII. 	Se deroga.
Fracción reformada DOF 26-12-2013, 19-12-2016. Derogada DOF 07-12-2020

XVIII. 	Se deroga.
Fracción reformada DOF 19-12-2016. Derogada DOF 07-12-2020

XIX. 	Se deroga.
Fracción derogada DOF 07-12-2020

XX. 	Se deroga.
Fracción derogada DOF 07-12-2020

XXI.- 	Construir y conservar los caminos y puentes federales, incluso los internacionales; así como las estaciones y centrales de autotransporte federal;

XXII.- 	Construir y conservar caminos y puentes, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares;

XXIII.- 	Construir aeropuertos federales y cooperar con los gobiernos de los Estados y las autoridades municipales, en la construcción y conservación de obras de ese género;

XXIV.	Otorgar concesiones, asignaciones o permisos para construir las obras que le corresponda ejecutar;
Fracción reformada DOF 16-07-2025

XXV.- 	Cuidar de los aspectos ecológicos y los relativos a la planeación del desarrollo urbano, en los derechos de vía de las vías federales de comunicación;
Fracción reformada DOF 25-05-1992

XXVI.	Promover y en su caso organizar la capacitación, investigación y el desarrollo en materia de comunicaciones y transportes; lo que podrá realizar en coordinación con la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación;
Fracción adicionada DOF 28-11-2024

XXVII.	Elaborar, planificar, gestionar y regular proyectos que tengan por objeto la construcción, equipamiento y desarrollo de sistemas de transporte público de pasajeros, directamente o a través de terceros, en coordinación con las autoridades competentes y de conformidad con las disposiciones aplicables;
Fracción adicionada DOF 28-11-2024. Reformada DOF 16-07-2025

XXVIII.	Operar sistemas de transporte público de pasajeros en la República Mexicana mediante el establecimiento de convenios, en coordinación con las autoridades de los tres órdenes de gobierno;
Fracción adicionada DOF 28-11-2024

XXIX.	Promover y coadyuvar en el fortalecimiento institucional de las autoridades de las entidades federativas, en materia de planeación, regulación y administración de sistemas de transporte público de pasajeros;
Fracción adicionada DOF 28-11-2024

XXX.	Aplicar la política general de contrataciones públicas en materia de infraestructura y de sistemas de transporte público de pasajeros y sus componentes, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
Fracción adicionada DOF 28-11-2024

XXXI.	Coadyuvar con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la construcción, restauración, reforzamiento, reconstrucción y rehabilitación de infraestructura para sistemas de reciclamiento y tratamiento de residuos sólidos, estaciones de transferencia, plantas de selección para el reciclaje y de composta, y de cualquier tecnología para el manejo y tratamiento de los residuos sólidos, y
Fracción adicionada DOF 28-11-2024

XXXII.	Los demás que expresamente le fijen las leyes y reglamentos.
Fracción recorrida DOF 28-11-2024
Artículo reformado DOF 29-12-1982
```

## Resumen corto

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Regla de LOAPF sobre derechos de audiencias y contenidos: A la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. A la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 36 LOAPF, derechos de audiencias y contenidos, artículo 36 ley organica de la administracion publica federal, derechos de audiencias, radiodifusión México, contenidos audiovisuales

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 36 de LOAPF.
- Práctica: revisar derechos de audiencias, programación, publicidad o contenidos.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

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## Conceptos importantes

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## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 36 de LOAPF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. A la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

### ¿Para qué sirve artículo 36?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/loapf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LOAPF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOAPF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
