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# Ley Orgánica Del Centro Federal De Conciliación Y Registro Laboral - Artículo 12

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Tercero - De la Administración, Organización y Funcionamiento del Centro
- Capítulo I - De la Junta de Gobierno

```text
Artículo 12. La Junta de Gobierno tendrá las siguientes atribuciones indelegables:

I.	Establecer en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Centro, relativas a la prestación de los servicios públicos que le corresponden en los términos de la presente Ley, sobre productividad, finanzas, investigación, desarrollo tecnológico y administración general;

II.	Aprobar los programas y presupuestos del Centro, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable. En lo correspondiente a los presupuestos y a los programas financieros, con excepción de los incluidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, bastará con la aprobación de la propia Junta de Gobierno;

III.	Expedir las normas o bases generales con arreglo a las cuales, cuando fuere necesario, el Director General pueda disponer de los activos fijos del Centro que no correspondan a las operaciones propias del objeto del mismo;

IV.	Aprobar anualmente previo informe de los comisarios, y dictamen de los auditores externos, los estados financieros del Centro y autorizar la publicación de los mismos;

V.	Aprobar la estructura básica de la organización del Centro, su estatuto orgánico y las modificaciones procedentes, bajo los siguientes criterios:

a)	En la estructura básica del Centro, deberá contemplar la instalación, funcionamiento y, en su caso, reubicación de las representaciones territoriales u oficinas estatales en todas las entidades federativas, excepto en la Ciudad de México, en razón de que tiene establecido su domicilio legal en dicha ciudad, y

b)	Deberá contar con el personal suficiente y adecuado;

VI.	Nombrar y remover, a propuesta del Director General, a los servidores públicos del Centro y aprobar la fijación de sus sueldos y prestaciones, conforme a las disposiciones legales, presupuestales y administrativas correspondientes, tomando en consideración las disposiciones que se aprueben para el servicio profesional que implemente el Centro para el desempeño de sus funciones;

VII.	Nombrar y remover, a propuesta de su Presidente, al Secretario Técnico de la citada Junta  de Gobierno;

VIII.	Analizar y aprobar, en su caso, los informes periódicos que rinda el Director General con la intervención que corresponda a los comisarios;

IX.	Aprobar el manual de organización, el manual de procedimientos, el Código de Conducta y demás disposiciones administrativas que regulen la operación y el funcionamiento del Centro;

X.	Aprobar las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del sistema del servicio profesional, así como los lineamientos y criterios para la selección de conciliadores del Centro; y supervisar su implementación, y

XI.	Las demás facultades expresamente establecidas en la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y demás ordenamientos aplicables.
```

## Resumen corto

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Regla de LOCFCRL_060120 sobre regla aplicable: La Junta de Gobierno tendrá las siguientes atribuciones indelegables:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Junta de Gobierno tendrá las siguientes atribuciones indelegables:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 12 LOCFCRL_060120, regla aplicable, artículo 12 ley organica del centro federal de conciliacion y registro laboral, Centro, Junta de Gobierno, Servicio profesional

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 12 de LOCFCRL_060120.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Centro | El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | 3 |
| Junta de Gobierno | La Junta de Gobierno del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral | 3 |
| Servicio profesional | Las y los trabajadores del Centro organizados a partir de la política de recursos humanos que incluye: reclutamiento, selección, remoción, capacitación e incentivos para el adecuado desarrollo de las funciones del Centro, de conformidad con lo señalado en la Ley Federal del Trabajo | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley Federal De Las Entidades Paraestatales (`LFEP`)
- Ley Federal Del Trabajo (`LFT`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 12 de LOCFCRL_060120?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Junta de Gobierno tendrá las siguientes atribuciones indelegables:

### ¿Para qué sirve artículo 12?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/locfcrl.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LOCFCRL_060120.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOCFCRL_060120.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
