# Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 118

Clave: LOCGEUM
Artículo: 118
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 118
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El mismo día en que las Cámaras acuerden su respectiva clausura de sesiones ordinarias, los diputados y senadores que hubieren sido nombrados como miembros de la Comisión Permanente, se reunirán a efecto de elegir a su Mesa Directiva en el recinto que corresponda conforme al artículo anterior.
Numeral reformado DOF
La Mesa Directiva de la Comisión Permanente, deberá elegirse conforme al siguiente procedimiento:
Los Diputados y Senadores se reunirán bajo la Presidencia provisional de la persona a quien corresponda el primer lugar por orden alfabético de apellidos, o de éstos y de nombres si hubiere dos o más apellidos iguales.
Para su auxilio, el Presidente provisional designará a dos Secretarios.
Los diputados y senadores elegirán por mayoría, en votación por cédula un Presidente, un Vicepresidente y cuatro Secretarios; de estos últimos, dos deberán ser diputados y dos senadores.
Numeral adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos, artículo 118.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
