# Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 89

Clave: LOCGEUM
Artículo: 89
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 89
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1
La Comisión de Estudios Legislativos conjuntamente con las otras comisiones ordinarias que correspondan, hará el análisis de las iniciativas de leyes o decretos y concurrirá a la formulación de los dictámenes respectivos. Dicha Comisión se podrá dividir en las secciones o ramas que se estime conveniente.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos, artículo 89.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
