# Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos - Artículo 124

Clave: LOEFAM
Artículo: 124
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 124
. La Secretaría de la Defensa Nacional, expedirá los títulos profesionales, Diplomas y certificados que correspondan a las Carreras y Cursos que se impartan. La propia Secretaría será el conducto para el registro de los Títulos, conforme a la Ley de la materia.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos, artículo 124.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
