# Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos - Artículo 157

Clave: LOEFAM
Artículo: 157
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 157
. El adiestramiento militar, en el Ejército y Fuerza Aérea, es obligatorio para todos sus miembros; se impartirá por los Generales, Jefes, Oficiales y Clases, de conformidad con los Reglamentos y Manuales técnicos y tácticos y disposiciones relativas. La Instrucción que se imparta al personal del Ejército y Fuerza Aérea de conformidad con el Plan General de Educación Militar, podrá incluir la utilización de Profesores civiles en los casos en que proceda.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos, artículo 157.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
