# Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos - Artículo 16

Clave: LOEFAM
Artículo: 16
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 16
. El Alto Mando del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, lo ejercerá la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional, la cual será una persona con la jerarquía de General de División del Ejército, hijo de padres mexicanos y que, con objeto de establecer distinción respecto del resto de militares del mismo grado, se le denominará solamente General.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos, artículo 16.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
