# Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos - Artículo 162

Clave: LOEFAM
Artículo: 162
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 162
. El personal de las clases de Arma y de Servicio del Ejército y Fuerza Aérea, ascenderá y será recompensado de acuerdo con lo establecido en la Ley de la materia.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos, artículo 162.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
