# Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos - Artículo 184

Clave: LOEFAM
Artículo: 184
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 184
. En casos de movilización, los reservistas serán considerados como pertenecientes al activo del Ejército y Fuerza Aérea, desde la fecha en que se publique la orden respectiva, a partir de la cual, quedarán sujetos en todo a las Leyes y Reglamentos militares, hasta decretarse la desmovilización.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos, artículo 184.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
