# Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos - Artículo 191

Clave: LOEFAM
Artículo: 191
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 191
. Los escalafones y los grados que comprenden las Armas y Cuerpos Especiales del Ejército son los siguientes:
Párrafo reformado DOF
De Plana Mayor, que incluye Generales de División, de Brigada y Brigadieres.
De Infantería.
De Soldado a General de División;
De Caballería.
De Soldado a General de División;
De Artillería.
De Soldado a General de División;
Del Arma Blindada.
De Soldado a General de División;
De Ingenieros, que se divide en dos grupos:
Ingenieros Constructores.
De Subteniente a General de División, y
Inciso reformado DOF
Zapadores.
De Soldado a General de División.
Del Cuerpo Especial de Policía Militar.
De Soldado a General de Brigada;
Párrafo reformado DOF
Fe de erratas a la fracción DOF
. Reformada DOF
Del Cuerpo Especial de Música Militar.
De Soldado a Teniente Coronel, y
Párrafo reformado DOF
Fracción reformada DOF
Del Cuerpo Especial de Aerotropas.
De Soldado a Sargento Primero.
Fracción adicionada DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos, artículo 191.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
