# Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos - Artículo 207

Clave: LOEFAM
Artículo: 207
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 207
. La
hará con oportunidad las previsiones de gasto público que habrá de realizarse para el sostenimiento del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, a fin de que puedan cumplir con las misiones generales que tienen encomendadas, dichas previsiones deberán incluir también los recursos económicos para cubrir los conceptos señalados en el artículo anterior, debiendo observarse las normas contenidas en la
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
, así como el reglamento de ésta, o los ordenamientos que los substituyan.
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos, artículo 207.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
