# Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos - Artículo 21

Clave: LOEFAM
Artículo: 21
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 21
. El Alto Mando, para el cumplimiento de sus funciones, contará con los siguientes órganos:
Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional;
Fracción reformada DOF
Inspección y Contraloría General del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional;
Fracción reformada DOF
Órganos del Fuero de Guerra;
Fracción reformada DOF
Direcciones Generales de la Secretaría de la Defensa Nacional, y
Fracción reformada DOF
Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo.
Fracción adicionada DOF
ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LA DEFENSA NACIONAL
Denominación reformada DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos, artículo 21.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
