# Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos - Artículo 96

Clave: LOEFAM
Artículo: 96
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 96
. El Servicio Meteorológico tendrá a su cargo:
Proporcionar información meteorológica a los organismos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;
Elaborar los estudios sobre la materia que se requieran;
Establecer coordinación en asuntos de su especialidad con organismos gubernamentales y afines, y
Recibir, abastecer, instalar, operar y mantener en condiciones operativas el material del Servicio.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos, artículo 96.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
