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law_key: "LOEFAM"
title: "Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos regula la misión, integración, mando, estructura, servicios, personal, recursos y funcionamiento orgánico de las Fuerzas Armadas de tierra y aire. Define las misiones generales de defensa, seguridad interior, auxilio a la población, acciones cívicas y ayuda en desastres. También incorpora reglas sobre Guardia Nacional en lo conducente, niveles de mando, órganos del Alto Mando, fuero de guerra, disciplina, educación militar, grados, licencias, bajas, reservas y recursos materiales. Es una ley central para comprender la organización militar federal bajo la Secretaría de la Defensa Nacional.

## Qué regula

- Las misiones generales del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
- La participación de la Guardia Nacional en lo conducente conforme a la reforma vigente.
- La integración del personal, recursos, edificios e instalaciones militares.
- Los niveles de mando: Supremo, Alto Mando, Mandos Superiores y Mandos de Unidades.
- Los órganos del Alto Mando, incluidos Estado Mayor Conjunto, Inspección y Contraloría, fuero de guerra y direcciones generales.
- Las armas, servicios, unidades, regiones, zonas, bases y establecimientos militares.
- La carrera, grados, escalafones, ascensos, reclasificación, licencias, bajas, reservas y retiro.
- Los recursos materiales, animales, presupuestarios y prestaciones necesarias para el servicio.

## A quién aplica

- Al Ejército Mexicano y a la Fuerza Aérea Mexicana.
- A la Guardia Nacional en lo conducente, según la propia ley.
- Al personal militar en activo, de reserva, en retiro o sujeto a licencias.
- A mexicanos que prestan servicio militar voluntario o Servicio Militar Nacional en activo.
- A la Secretaría de la Defensa Nacional y sus mandos.
- A órganos del fuero de guerra, consejos de disciplina y autoridades militares.
- A establecimientos de educación militar, escuelas, centros y unidades militares.
- A dependencias y autoridades que coordinen operaciones, auxilio o apoyo de seguridad pública.

## Materias principales

- Defensa nacional y seguridad interior.
- Organización militar y cadena de mando.
- Guardia Nacional y coordinación con Ejército y Fuerza Aérea.
- Fuero de guerra y disciplina militar.
- Armas, servicios y unidades militares.
- Educación militar, escalafones y grados.
- Licencias, baja, retiro y reservas.
- Recursos humanos, materiales y presupuestarios.
- Auxilio a población civil y atención de desastres.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos | Instituciones armadas permanentes con misiones de defensa, seguridad interior y auxilio. |
| Guardia Nacional | Fuerza de seguridad pública permanente, integrada por personal militar con formación policial, a la que se aplican disposiciones en lo conducente. |
| Mando Supremo | Titularidad de la Presidencia de la República respecto del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. |
| Alto Mando | Mando ejercido por la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional. |
| Mandos Superiores | Mandos operativos o de servicio de alto nivel dentro de la estructura militar. |
| Fuero de Guerra | Competencia para conocer delitos y faltas contra la disciplina militar. |
| Armas | Componentes del Ejército cuya misión principal es el combate. |
| Servicios | Componentes de apoyo logístico, técnico, administrativo, sanitario, jurídico y operativo de las Fuerzas Armadas. |
| Baja | Separación definitiva de los miembros del Ejército y Fuerza Aérea del activo. |
| Licencia | Separación temporal o situación especial del personal activo en modalidades ordinaria, ilimitada, especial o por edad límite. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Misiones generales | 1 a 3 | Define defensa, seguridad interior, auxilio civil, acciones cívicas y ayuda en desastres. |
| Integración | 4 a 9 | Identifica personal, servicio militar, recursos y edificios de las Fuerzas Armadas. |
| Niveles de mando | 10 a 18 | Ordena Mando Supremo, Alto Mando y suplencias. |
| Órganos del Alto Mando | 21 a 32 Ter | Regula Estado Mayor Conjunto, Inspección, fuero de guerra, direcciones y vigilancia aérea. |
| Mandos y unidades | 33 a 52 | Regula regiones, zonas, bases, unidades, mandos operativos y sucesión de mando. |
| Composición y servicios | 53 a 127 | Describe armas, Fuerza Aérea, servicios, educación militar y funciones técnicas. |
| Personal militar | 128 a 176 | Establece grados, reclasificación, vacaciones, bajas y licencias. |
| Reservas y retiro | 177 a 189 | Regula primera y segunda reserva, llamamientos y situación de retiro. |
| Recursos | 190 a 209 | Ordena escalafones, recursos materiales, animales, instalaciones, prestaciones y presupuesto. |

## Plazos importantes

- La ley original entró en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- La licencia ordinaria puede concederse con goce de haberes por un lapso que no exceda de seis meses.
- En ciertos procedimientos de baja por faltar injustificadamente al servicio, se concede un término de quince días desde la publicación para manifestar defensa.
- La garantía de audiencia por rescisión de contrato de enganche o renovación debe otorgarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación.
- La licencia ilimitada permite solicitar reingreso siempre que no hayan transcurrido más de seis años desde la separación del activo y se cumplan los requisitos.
- La licencia por edad límite puede solicitarse con treinta días de anticipación a la fecha en que corresponda gozar de ella.
- Algunos transitorios de reformas prevén adecuaciones reglamentarias en un plazo no mayor a 180 días.

## Derechos principales

- Los miembros del Ejército y Fuerza Aérea pueden acceder sin distinción de género a todos los niveles de mando, incluidos órganos del Alto Mando.
- El personal militar conserva derechos de audiencia en supuestos de baja o rescisión previstos por la ley.
- El personal activo puede disfrutar vacaciones conforme al reglamento aplicable.
- El personal puede obtener licencias ordinarias, ilimitadas, especiales o por edad límite cuando se cumplan requisitos.
- Los militares tienen derecho a prestaciones necesarias para el servicio, como vestuario, equipo, alimentación, alojamiento, viáticos, pasajes y transporte de menaje en supuestos legales.
- Los militares en retiro y derechohabientes pueden recibir atención médico-quirúrgica en los términos de las leyes de seguridad social de las Fuerzas Armadas.

## Obligaciones principales

- El Ejército y Fuerza Aérea deben organizarse, adiestrarse y equiparse conforme a sus misiones.
- El personal del Servicio Militar Nacional en activo queda sujeto a leyes, reglamentos y disposiciones militares.
- La Secretaría de la Defensa Nacional debe organizar, equipar, educar, adiestrar, capacitar, administrar y desarrollar a las Fuerzas Armadas de tierra y aire.
- Los mandos deben operar conforme a la jerarquía, órdenes, directivas y necesidades del servicio.
- Los órganos del fuero de guerra y de disciplina deben conocer faltas y delitos conforme a la Constitución, códigos y reglamentos.
- La Secretaría debe prever oportunamente el gasto público necesario para sostener al Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.

## Autoridades relacionadas

- Presidencia de la República como Mando Supremo.
- Secretaría de la Defensa Nacional como Alto Mando.
- Comandancia del Ejército Mexicano.
- Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana.
- Comandancia de la Guardia Nacional.
- Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional.
- Inspección y Contraloría General del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.
- Tribunal Superior Militar, Fiscalía General de Justicia Militar y Defensoría de Oficio Militar.
- Consejo Superior de Disciplina, consejos de honor y superiores jerárquicos.
- Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Firma de contrato para prestar servicio voluntario en Fuerzas Armadas.
- Nombramientos de mandos, funcionarios y titulares de órganos militares.
- Autorización de división militar del territorio y creación de unidades, armas, servicios y establecimientos de educación militar.
- Procedimientos del fuero de guerra por delitos y faltas contra la disciplina militar.
- Reclasificación del personal activo entre armas, servicios y Guardia Nacional.
- Otorgamiento, cancelación y conclusión de licencias.
- Procedimientos de baja, remoción, rescisión de contrato y garantía de audiencia.
- Llamamiento de reservistas para ejercicios o comprobación de presencia.
- Registro permanente del personal de las reservas.
- Planeación presupuestaria y provisión de recursos para las Fuerzas Armadas.

## Sanciones o consecuencias

- Los delitos y faltas contra la disciplina militar se conocen por el fuero de guerra y los órganos disciplinarios competentes.
- La mala conducta determinada por Consejo de Honor puede dar lugar a baja en los supuestos aplicables.
- La baja puede implicar pérdida del derecho a reclamar prestaciones o beneficios con base en tiempo de servicios y pérdida del derecho a usar uniformes, condecoraciones y divisas militares.
- La rescisión del contrato de enganche o renovación puede separar al personal de tropa o discentes, con garantía de audiencia.
- Los cargos del personal de dependencias del Tribunal Superior Militar son incompatibles con otros cargos en Ejército, Fuerza Aérea, Defensa Nacional y gobiernos federal, estatales o municipales.
- La licencia puede ser cancelada antes de concluir su término, salvo el supuesto exceptuado por la propia ley.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define las misiones generales del Ejército y Fuerza Aérea. |
| 1 Bis | Incorpora a la Guardia Nacional en lo conducente y la vincula con Defensa Nacional. |
| 2 | Permite realizar misiones junto con Armada y otras dependencias por orden o aprobación presidencial. |
| 4 | Establece la integración de las Fuerzas Armadas de tierra y aire. |
| 10 | Define los niveles de mando. |
| 11 | Atribuye el Mando Supremo a la Presidencia de la República. |
| 16 | Atribuye el Alto Mando a la Secretaría de la Defensa Nacional. |
| 21 | Enumera órganos del Alto Mando. |
| 26 | Define la competencia del fuero de guerra. |
| 31 | Ubica consejos y superiores que conocen faltas disciplinarias. |
| 170 | Regula causas y consecuencias de la baja. |
| 207 | Ordena previsiones de gasto para sostener las misiones de Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley De La Guardia Nacional](/LGN/)
- [Ley Del Servicio Militar](/LSM/)
- [Ley De Disciplina Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional](/LDEFAGN/)
- [Ley De Ascensos Y Recompensas Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional](/LAREFAGN/)
- [Ley De Educación Militar Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional](/LEMEFAGN/)
- [Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas](/LISSFAM/)
- [Código De Justicia Militar](/CJM/)
- [Código Militar De Procedimientos Penales](/CMPP/)
- [Ley Orgánica De La Armada De México](/LOAM/)

## Reformas y vigencia

La ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 1986 y el texto consultado reporta última reforma publicada el 16 de julio de 2025. La reforma vigente incorpora referencias orgánicas relevantes a la Guardia Nacional, al Alto Mando y a órganos militares. Los transitorios originales establecieron entrada en vigor a los tres días de su publicación, y reformas posteriores contienen reglas de transición, adecuación reglamentaria y cobertura presupuestaria con recursos autorizados.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Qué misiones generales tienen el Ejército y la Fuerza Aérea?

La ley les asigna defender la integridad, independencia y soberanía de la nación, garantizar la seguridad interior, auxiliar a la población civil, realizar acciones cívicas y obras sociales, y prestar ayuda en desastres. Estas misiones pueden cumplirse de forma conjunta con otras fuerzas o dependencias cuando proceda.

### ¿Quién tiene el mando del Ejército y Fuerza Aérea?

El Mando Supremo corresponde a la persona titular de la Presidencia de la República. El Alto Mando lo ejerce la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional.

### ¿La Guardia Nacional está incluida en esta ley?

Sí, la ley prevé que sus disposiciones serán aplicables en lo conducente a la Guardia Nacional. También la vincula con la Secretaría del ramo de Defensa Nacional y con misiones de defensa e interior en términos constitucionales.

### ¿Qué es el fuero de guerra?

Es la competencia para conocer delitos y faltas contra la disciplina militar. La ley remite al Código de Justicia Militar y al Código Militar de Procedimientos Penales para la organización y conocimiento de esos asuntos.

### ¿Qué consecuencias puede tener una baja militar?

La baja es la separación definitiva del activo. En ciertos casos puede implicar pérdida de derechos a prestaciones basadas en tiempo de servicios y del uso de uniformes, condecoraciones y divisas militares.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/loefam.htm)
- Word oficial: [LOEFAM.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LOEFAM.doc)
- PDF oficial: [LOEFAM.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOEFAM.pdf)
- PDF móvil: [Ley_Organica_del_Ejercito_y_Fuerza_Aerea.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_Organica_del_Ejercito_y_Fuerza_Aerea.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal profesional.
