# Ley Orgánica De La Procuraduría De La Defensa Del Contribuyente - Artículo cuarto

Clave: LOPDC
Artículo: cuarto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo cuarto
.- El Procurador es el responsable del proceso de constitución de la Procuraduría, se le faculta para decidir sobre cualquier obstáculo o imprevisto que impida o retrase el proceso de creación y constitución de la Procuraduría, referido en el artículo anterior, debiendo en la primera sesión del Órgano de Gobierno, llevada a cabo después de tomada la decisión, ponerla a consideración de éste para que, en su caso la ratifique.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Procuraduría De La Defensa Del Contribuyente, artículo cuarto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
