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law_title: "Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación"
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# Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación - Artículo 103

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - Del Órgano de Administración Judicial
- CAPÍTULO II - Órganos Auxiliares
- SECCIÓN 1a. - Disposiciones Generales

```text
Artículo 103.
Para su adecuado funcionamiento, el Órgano de Administración Judicial contará con los siguientes órganos auxiliares: la Escuela Nacional de Formación Judicial, el Instituto Federal de Defensoría Pública, la Contraloría, la Unidad de Peritos Judiciales, la Unidad de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Unidad de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Unidad de Administración del Tribunal de Disciplina Judicial, el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles en los términos que establece la Ley de Concursos Mercantiles, y el Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Poder Judicial de la Federación en los términos que establece la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.
```

## Resumen corto

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Regla de LOPJF sobre regla aplicable: Para su adecuado funcionamiento, el Órgano de Administración Judicial contará con los siguientes órganos auxiliares:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Para su adecuado funcionamiento, el Órgano de Administración Judicial contará con los siguientes órganos auxiliares:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 103 LOPJF, regla aplicable, artículo 103 ley organica del poder judicial de la federacion, Poder Judicial de la Federación

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 103 de LOPJF.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Poder Judicial de la Federación

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley De Concursos Mercantiles (`LCM`)
- Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias (`LGMASC`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 103 de LOPJF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Para su adecuado funcionamiento, el Órgano de Administración Judicial contará con los siguientes órganos auxiliares:

### ¿Para qué sirve artículo 103?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lopjf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LOPJF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOPJF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
