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law_title: "Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación"
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# Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación - Artículo 143

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - Del Tribunal de Disciplina Judicial
- CAPÍTULO I - Disposiciones generales
- SECCIÓN 2a. - De sus resoluciones

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Artículo 143.
Las razones que justifiquen las resoluciones que emita el Pleno del Tribunal por mayoría de cuatro votos constituirán precedentes vinculantes para las Comisiones del propio Tribunal, en los casos en los que se actualicen hechos relevantes similares.
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## Resumen corto

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Regla de LOPJF sobre competencia de autoridades: Las razones que justifiquen las resoluciones que emita el Pleno del Tribunal por mayoría de cuatro votos constituirán precedentes vinculantes para las Comisiones del...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las razones que justifiquen las resoluciones que emita el Pleno del Tribunal por mayoría de cuatro votos constituirán precedentes vinculantes para las Comisiones del propio Tribunal, en los casos en los que se actualicen hechos relevantes similares.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 143 LOPJF, competencia de autoridades, artículo 143 ley organica del poder judicial de la federacion, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LOPJF

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 143 de LOPJF.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 143 de LOPJF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las razones que justifiquen las resoluciones que emita el Pleno del Tribunal por mayoría de cuatro votos constituirán precedentes vinculantes para las Comisiones del propio Tribunal, en los casos en los que se actualicen hechos relevantes similares.

### ¿Para qué sirve artículo 143?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lopjf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LOPJF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOPJF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
