# Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación - Artículo décimo quinto

Clave: LOPJF
Artículo: décimo quinto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
décimo quinto.
.- Para efectos del artículo anterior, las competencias de la Secretaría Ejecutiva de Disciplina serán asumidos por la o el Magistrado Instructor del Tribunal de Disciplina Judicial que le corresponda conocer del asunto, o por el o la Integrante Instructor del Órgano de Administración Judicial según corresponda; las de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura Federal por la Comisión correspondiente del Tribunal de Disciplina Judicial o bien del Órgano de Administración Judicial, según corresponda; y las del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial o bien por el Pleno del Órgano de Administración Judicial, según corresponda.
En el caso de los procedimientos a cargo de la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal, las competencias de la Dirección General de Substanciación, Registro y Seguimiento de la Evolución Patrimonial serán asumidas por la o el Magistrado Instructor del Tribunal de Disciplina Judicial o por el o la Integrante Instructor del Órgano de Administración Judicial; las de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura Federal por la Comisión correspondiente del Tribunal de Disciplina Judicial o del Órgano de Administración Judicial, según corresponda; las del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial o por el Pleno del Órgano de Administración Judicial, según corresponda; y las competencias resolutorias de la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal serán asumidas por la Comisión correspondiente del Tribunal de Disciplina Judicial o del Órgano de Administración Judicial, según sea el caso.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación, artículo décimo quinto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
