# Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación - Artículo noveno

Clave: LOPJF
Artículo: noveno
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
noveno.
.- Para dar cumplimiento al párrafo cuarto del artículo Sexto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, en materia de reforma del Poder Judicial, previo a que las áreas administrativas u órganos auxiliares de la
, del
y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sometan a consideración de los Comités, Comisiones o del Pleno cualquier acuerdo de trámite o resolución, deberán someter a consideración de la Comisión de Transición su procedencia, a efecto de que esta última determine si es indispensable que la propuesta de acuerdo se resuelva en el periodo de transición o si el acuerdo se reserva para su posterior análisis y, en su caso, resolución por el Tribunal de Disciplina Judicial o el Órgano de Administración Judicial, según corresponda.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación, artículo noveno.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
