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law_key: "LOPSRM"
title: "Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas reglamenta el artículo 134 constitucional en materia de contratación pública de obras y servicios vinculados con obra pública. Regula planeación, programación, presupuesto, investigación de mercado, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, adjudicación directa, contratos, garantías, anticipos, ejecución, bitácora, estimaciones, ajuste de costos, suspensión, terminación, rescisión, finiquito, plataforma digital, verificación, sanciones, inconformidades, conciliación y arbitraje. Su objetivo es que las dependencias y entidades contraten obras con criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia, honradez e imparcialidad, asegurando las mejores condiciones para el Estado.

## Qué regula

- Contrataciones federales de obras públicas.
- Servicios relacionados con obras públicas.
- Planeación, programación, presupuesto y programas anuales.
- Investigación de mercado y diálogos estratégicos.
- Licitación pública, invitación restringida y adjudicación directa.
- Contratos a precios unitarios, precio alzado y mixtos.
- Garantías, anticipos, bitácora, estimaciones y finiquito.
- Plataforma Digital de Contrataciones Públicas.
- Verificación, calidad, responsabilidades y sanciones.
- Inconformidades, conciliación y solución de controversias.

## A quién aplica

- Dependencias de la Administración Pública Federal.
- Organismos descentralizados.
- Empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos.
- Entidades federativas, municipios y demarcaciones cuando ejerzan recursos federales.
- Contratistas de obra pública.
- Licitantes, cotizantes y participantes en procedimientos de contratación.
- Testigos sociales en contrataciones públicas.
- Órganos internos de control y autoridades fiscalizadoras.
- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Secretaría de Economía, en sus ámbitos de competencia.

## Materias principales

- Obra pública e infraestructura.
- Servicios de diseño, supervisión, estudios y gerencia de proyecto.
- Contratación pública y gasto federal.
- Transparencia y plataforma digital.
- Competencia en licitaciones.
- Planeación presupuestal y programas anuales.
- Control de ejecución y calidad de trabajos.
- Responsabilidad administrativa.
- Inhabilitación y multas.
- Medios de defensa en procedimientos de contratación.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Contratista | Persona que celebra contratos de obras públicas o servicios relacionados. |
| Cotizante | Persona física o moral que presenta cotización en adjudicación directa. |
| Licitante | Persona que participa en licitación pública o invitación a cuando menos tres personas. |
| Investigación de mercado | Proceso previo para conocer condiciones, costos y posibles contratistas. |
| Plataforma | Plataforma Digital de Contrataciones Públicas. |
| Proyecto ejecutivo | Conjunto de planos, modelos, catálogo, especificaciones e información para ejecutar una obra. |
| Obras públicas | Trabajos para construir, instalar, ampliar, conservar, modificar o demoler inmuebles. |
| Servicios relacionados | Estudios, diseños, supervisión, consultorías, dictámenes y trabajos vinculados a obra pública. |
| Testigo social | Persona designada para vigilar procedimientos de contratación relevantes. |
| UMA | Unidad de Medida y Actualización. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Ámbito de aplicación | 1 a 16 | Identificar sujetos obligados, excepciones y reglas generales. |
| Planeación y presupuesto | 17 a 26 Bis | Revisar programas anuales, investigación de mercado y comités. |
| Procedimientos de contratación | 27 a 44 Bis | Entender licitación, invitación y adjudicación directa. |
| Convocatoria y evaluación | 31 a 40 | Ubicar bases, juntas, proposiciones, fallo y cancelación. |
| Contratos | 45 a 51 | Revisar modalidades, contenido, firma, garantías y anticipos. |
| Ejecución de trabajos | 52 a 69 | Consultar bitácora, estimaciones, ajustes, suspensión, terminación y finiquito. |
| Plataforma digital | 74 Bis a 74 Septies | Conocer expediente electrónico, notificaciones y registro de participantes. |
| Verificación y sanciones | 75 a 82 | Ubicar inspección, multas, inhabilitación y responsabilidades. |
| Inconformidades | 83 a 92 | Revisar impugnaciones contra actos de contratación. |
| Conciliación y controversias | Título Séptimo | Resolver conflictos derivados de contratos. |

## Plazos importantes

- Los programas anuales deben ponerse a disposición del público en la Plataforma a más tardar el 31 de diciembre de cada año.
- Las propuestas de estudios, planes o programas deben resolverse en un plazo que no exceda seis meses.
- Los diálogos estratégicos pueden durar máximo cinco días naturales.
- El proyecto de convocatoria puede difundirse al menos cinco días hábiles para comentarios.
- En licitaciones nacionales, el plazo mínimo para presentación y apertura de proposiciones es de diez días naturales desde la publicación.
- En licitaciones internacionales, el plazo no puede ser inferior a veinte días naturales; bajo tratados, el mínimo es de cuarenta días naturales.
- El fallo debe darse dentro de veinte días naturales posteriores a la apertura, prorrogable sin exceder cuarenta días naturales.
- El contrato debe firmarse dentro de quince días naturales desde la notificación del fallo cuando no haya fecha prevista.
- Las garantías de anticipo y cumplimiento deben presentarse dentro de quince días naturales cuando no se indique otro plazo.
- La inconformidad ordinaria debe presentarse dentro de seis días hábiles; en licitaciones internacionales bajo tratados, diez días hábiles.

## Derechos principales

- Derecho de licitantes a participar bajo reglas claras y no negociables.
- Derecho a conocer convocatorias, juntas, fallos y actos mediante la Plataforma.
- Derecho a presentar inconformidades contra actos del procedimiento.
- Derecho del contratista a recibir anticipos, estimaciones y pagos conforme al contrato.
- Derecho a solicitar conciliación o usar mecanismos de solución de controversias.
- Derecho de observadores a acceder a actos de contratación mediante registro.
- Derecho del Estado a exigir garantías, cumplimiento, calidad y mejores condiciones.

## Obligaciones principales

- Dependencias y entidades deben planear, presupuestar, investigar mercado y justificar contrataciones.
- Las contrataciones deben buscar precio, calidad, financiamiento, oportunidad y mejores condiciones.
- Convocantes deben usar la Plataforma y documentar actos relevantes.
- Contratistas deben ejecutar trabajos conforme al contrato, programa, bitácora y especificaciones.
- Contratistas deben presentar garantías, cumplir obligaciones fiscales y responder por atrasos.
- Dependencias deben verificar calidad, avance, finiquito y cierre contractual.
- Licitantes deben presentar información veraz y abstenerse de prácticas indebidas.

## Autoridades relacionadas

- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Secretaría de Economía.
- Dependencias y entidades contratantes.
- Órganos internos de control.
- Comités de obras públicas.
- Testigos sociales.
- Entidades federativas con convenios de coordinación.
- Autoridades ambientales, urbanas y de permisos aplicables.
- Tribunales y autoridades competentes para controversias.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Elaboración del programa anual de obras públicas.
- Investigación de mercado.
- Diálogos estratégicos con interesados.
- Licitación pública nacional o internacional.
- Invitación a cuando menos tres personas.
- Adjudicación directa.
- Presentación y apertura de proposiciones.
- Emisión de fallo y formalización del contrato.
- Entrega de garantías y anticipos.
- Registro y seguimiento en bitácora electrónica.
- Presentación de estimaciones, ajuste de costos y finiquito.
- Inconformidad, conciliación o arbitraje.

## Sanciones o consecuencias

- Actos, contratos o convenios contrarios a la ley pueden ser nulos.
- Licitantes, cotizantes o contratistas pueden recibir multas de cincuenta hasta tres mil veces la UMA diaria elevada al mes.
- Puede imponerse inhabilitación temporal de tres meses a siete años.
- La inhabilitación puede subsistir si no se paga la multa correspondiente.
- Servidores públicos pueden ser sancionados conforme a responsabilidades administrativas.
- El retraso imputable al contratista puede generar penas convencionales y retenciones.
- La falta de firma del contrato por causa imputable al adjudicado permite adjudicar al segundo lugar.
- La información falsa o dolo en contratación, inconformidad o conciliación puede generar sanciones agravadas.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define ámbito de aplicación y sujetos obligados. |
| 1 Bis | Regula contratos entre dependencias o entes públicos. |
| 2 | Contiene definiciones centrales. |
| 3 | Define qué se considera obra pública. |
| 4 | Define servicios relacionados con obra pública. |
| 17 a 24 Bis | Ordenan planeación, programas anuales e investigación de mercado. |
| 27 | Enumera procedimientos de contratación. |
| 31 a 40 | Regulan convocatoria, juntas, proposiciones y fallo. |
| 41 a 44 Bis | Regulan excepciones, invitación y adjudicación directa. |
| 45 a 50 | Regulan contratos, garantías y anticipos. |
| 75 a 82 | Establecen verificación y sanciones. |
| 83 a 92 | Regulan inconformidades. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público](/LAASSP/)
- [Ley De Asociaciones Público Privadas](/LAPP/)
- [Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria](/LFPRH/)
- [Ley Federal De Procedimiento Administrativo](/LFPA/)
- [Ley General De Responsabilidades Administrativas](/LGRA/)
- [Ley General De Bienes Nacionales](/LGBN/)
- [Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente](/LGEEPA/)
- [Ley De Infraestructura De La Calidad](/LICal_010720/)
- [Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares](/CNPCF/)

## Reformas y vigencia

El texto fuente indica que esta ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2000. También señala texto vigente con última reforma publicada el 14 de noviembre de 2025.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿De qué trata la Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas?

Regula cómo el sector público federal planea, contrata, ejecuta, supervisa y resuelve controversias sobre obras públicas y servicios vinculados con ellas.

### ¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar licitaciones de obra, adjudicaciones directas, contratos, garantías, anticipos, ejecución, sanciones, inconformidades o conciliaciones.

### ¿La licitación pública es la regla general?

Sí. La ley prevé que los contratos se adjudiquen por regla general mediante licitación pública, salvo excepciones justificadas.

### ¿Qué pasa si un contratista incumple?

Puede enfrentar penas convencionales, retenciones, rescisión, multas, inhabilitación y otras responsabilidades según el incumplimiento.

### ¿Dónde se publican los actos de contratación?

La ley usa la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas para convocatorias, actos, registros, notificaciones, fallos y expedientes electrónicos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lopsrm.htm)
- Word oficial: [LOPSRM.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LOPSRM.doc)
- PDF oficial: [LOPSRM.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOPSRM.pdf)
- PDF móvil: [Ley_de_Obras_Publicas_y_Servicios.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_de_Obras_Publicas_y_Servicios.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.
