# Ley Orgánica Del Seminario De Cultura Mexicana - Artículo segundo

Clave: LOSCM
Artículo: segundo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo segundo
.- La
tendrá por designados, con plena sujeción a
esta Ley
, a los miembros del Seminario de Cultura Mexicana que actualmente lo integran.
Francisco Hernández Hernández, D. P.- Edmundo Games Orozco, S. P.- Rafael Suárez Ocaña, D. S.- Alfonso Corona del Rosal, S. S.- Rúbricas".
En cumplimiento por lo dispuesto por la fracción I del artículo
89
de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
y para su debida publicación y observancia, expido la
presente Ley
en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, D.F., a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y nueve.- Miguel Alemán.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Manuel Gual Vidal.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, Agustín García López.- Rúbrica.- El Subsecretario de Crédito y Presupuesto, Encargado del Despacho, Rafael Mancera O.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Adolfo Ruiz Cortines.- Rúbrica.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Seminario De Cultura Mexicana, artículo segundo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
