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# Ley Orgánica Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa - Artículo 36

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL
- Capítulo X - De las Salas Regionales Ordinarias

```text
Artículo 36. Los Magistrados instructores de las Salas Regionales con carácter de ordinarias, tendrán las siguientes atribuciones:

I.	Admitir, desechar o tener por no presentada la demanda o su ampliación, si no se ajustan a la ley;

II.	Admitir o tener por no presentada la contestación de la demanda o de su ampliación o, en su caso, desecharlas;

III.	Admitir o rechazar la intervención del tercero;

IV.	Admitir, desechar o tener por no ofrecidas las pruebas;

V.	Sobreseer los juicios antes de que se cierre la instrucción, cuando el demandante se desista de la acción o se revoque la resolución impugnada, así como en los demás casos que establezcan las disposiciones aplicables;

VI.	Admitir, desechar y tramitar los incidentes y recursos que les competan, formular los proyectos de resolución, de aclaraciones de sentencia y de resoluciones de queja relacionadas con el cumplimiento de las sentencias, y someterlos a la consideración de la Sala;

VII.	Dictar los acuerdos o providencias de trámite necesarios para instruir el juicio, incluyendo la imposición de las medidas de apremio necesarias para hacer cumplir sus determinaciones, acordar las promociones de las partes y los informes de las autoridades y atender la correspondencia necesaria, autorizándola con su firma;

VIII.	Formular el proyecto de sentencia definitiva y, en su caso, de cumplimiento de ejecutorias;

IX.	Dictar los acuerdos y providencias relativas a las medidas cautelares provisionales en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, así como proponer a la Sala el proyecto de resolución correspondiente a la medida cautelar definitiva que se estime procedente;

X.	Supervisar la debida integración de las actuaciones en el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal;

XI.	Proponer a la Sala Regional la designación de perito tercero, para que se proceda en los términos de la fracción V del artículo 43 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;

XII.	Tramitar y resolver los juicios en la vía sumaria que por turno le correspondan, atendiendo a las disposiciones legales que regulan dicho procedimiento;

XIII.	Resolver sobre el otorgamiento de medidas cautelares que correspondan;

XIV.	Formular el proyecto de resolución correspondiente y en caso de determinar la comisión de una falta administrativa grave, preverá la sanción correspondiente, la cual incluirá el pago de las indemnizaciones que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y

XV.	Las demás que les correspondan conforme a las disposiciones legales aplicables.
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## Resumen corto

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Regla de LOTFJA sobre sanciones y cumplimiento: Los Magistrados instructores de las Salas Regionales con carácter de ordinarias, tendrán las siguientes atribuciones:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Los Magistrados instructores de las Salas Regionales con carácter de ordinarias, tendrán las siguientes atribuciones:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 36 LOTFJA, sanciones y cumplimiento, artículo 36 ley organica del tribunal federal de justicia administrativa, sanciones, multas, incumplimiento legal, Tribunal, Comisión u órgano colegiado, Entes públicos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 36 de LOTFJA.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Sanción
- Procedimiento
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado
- Entes públicos

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Tribunal | El Tribunal Federal de Justicia Administrativa | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 43

## Leyes que cita este artículo

- Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo (`LFPCA`)
- Ley General De Responsabilidades Administrativas (`LGRA`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 36 de LOTFJA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Los Magistrados instructores de las Salas Regionales con carácter de ordinarias, tendrán las siguientes atribuciones:

### ¿Para qué sirve artículo 36?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lotfja.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LOTFJA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOTFJA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
