# Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro - Artículo cuarto

Clave: LOUAAAN
Artículo: cuarto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
cuarto.
. Las autoridades en función, al momento de entrar en vigor
esta Ley
Orgánica, permanecerán en su cargo hasta concluir el periodo para el cual fueron electas o designadas conforme a la Ley Orgánica anterior. Concluido dicho término, las nuevas autoridades se designarán o elegirán conforme a la Ley Orgánica en vigor, y al estatuto y los reglamentos que de ella emanen.
México, D.F., a 7 de marzo de 2006.- Dip. Marcela González Salas P., Presidenta.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Marcos Morales Torres, Secretario.- Sen. Sara I. Castellanos Cortés, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo
89
de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de abril de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Carlos María Abascal Carranza.- Rúbrica.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, artículo cuarto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
