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law_title: "Ley De Protección Al Ahorro Bancario"
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# Ley De Protección Al Ahorro Bancario - Artículo 46

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO
- CAPÍTULO IV - De los Apoyos y Programas para el Saneamiento Financiero de las Instituciones

```text
Artículo 46.- Cuando se presente una situación de emergencia que afecte la solvencia de alguna Institución y el Instituto no cuente con los recursos necesarios para cubrir las obligaciones garantizadas o para llevar a cabo las acciones de capitalización o de saneamiento financiero de alguna Institución, la Junta de Gobierno informará inmediatamente al Ejecutivo Federal y para tal efecto podrá contratar financiamientos, cuyos montos en ningún caso excederán del 6%, cada tres años, de los pasivos totales de las Instituciones que haya publicado la Comisión en el mes inmediato anterior. 

Para fines del límite a que se refiere el párrafo anterior también computarán las garantías que otorgue el Instituto.
```

## Resumen corto

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Regla de LPAB sobre competencia de autoridades: Cuando se presente una situación de emergencia que afecte la solvencia de alguna Institución y el Instituto no cuente con los recursos necesarios para cubrir las...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Cuando se presente una situación de emergencia que afecte la solvencia de alguna Institución y el Instituto no cuente con los recursos necesarios para cubrir las obligaciones garantizadas o para llevar a cabo las acciones de capitalización o de saneamiento...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 46 LPAB, competencia de autoridades, artículo 46 ley de proteccion al ahorro bancario, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LPAB, Instituto, Institución, Comisión, Junta de Gobierno, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 46 de LPAB.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Plazo

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Instituto | al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario | 5o |
| Institución | en singular o plural, a las Instituciones de banca múltiple a que se refiere la Ley de Instituciones de Crédito | 5o |
| Comisión | a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores | 5o |
| Junta de Gobierno | a la junta de gobierno del Instituto | 5o |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 46 de LPAB?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Cuando se presente una situación de emergencia que afecte la solvencia de alguna Institución y el Instituto no cuente con los recursos necesarios para cubrir las obligaciones garantizadas o para llevar a cabo las acciones de capitalización o de saneamiento...

### ¿Para qué sirve artículo 46?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lpab.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LPAB.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPAB.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
