---
law_key: "LPEAM"
law_title: "Ley De Protección Del Espacio Aéreo Mexicano"
article_key: "14"
article_label: "Artículo 14"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-14
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LPEAM/articulo/14/"
---

# Ley De Protección Del Espacio Aéreo Mexicano - Artículo 14

<!-- mley:article law="LPEAM" article="14" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo IV - Del Consejo Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo

```text
Artículo 14. El Consejo estará integrado por:

I.	La persona titular de la Presidencia de la República, quien lo presidirá;

II.	La persona titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores;

III.	La persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional;

IV.	La persona titular de la Secretaría de Marina;

V.	La persona titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana;

VI.	La persona titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y

VII. 	La persona titular de la Comandancia del Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, quien fungirá como titular de la Secretaría Técnica del Consejo.
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LPEAM sobre competencia de autoridades: El Consejo estará integrado por:

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo estará integrado por:

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 14 LPEAM, competencia de autoridades, artículo 14 ley de proteccion del espacio aereo mexicano, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LPEAM, Centro, Consejo, Secretaría

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 14 de LPEAM.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Centro | Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo | 5 |
| Consejo | Consejo Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo | 5 |
| Secretaría | Secretaría de la Defensa Nacional | 5 |

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 14 de LPEAM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo estará integrado por:

### ¿Para qué sirve artículo 14?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lpeam.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LPEAM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPEAM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
