# Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles - Artículo 115

Clave: LPERC
Artículo: 115
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 115
.- Para la entrega del Premio al Mérito Ecológico, el Consejo de Premiación se integrará por nueve miembros integrados por las personas titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien lo presidirá, un representante de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión, que sean integrantes de las Comisiones competentes, del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y de la Comisión Nacional del Agua y reconocidos representantes de cada una de las categorías que integran el Premio.
El Premio al Mérito Ecológico será entregado de forma anual y preferentemente en la celebración del Día Mundial del Medio Ambiente.
Artículo adicionado DOF
. Reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles, artículo 115.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
