# Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles - Artículo 2

Clave: LPERC
Artículo: 2
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 2
.- Solamente los mexicanos podrán obtener alguno de los reconocimientos previstos en
esta ley
, al reunir los requisitos por ella fijados. Podrán ser personas físicas consideradas individualmente o en grupo, o personas morales, aunque en uno y otro caso estén domiciliadas fuera del país.
Se exceptúa la condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca, que se otorga a extranjeros y el Premio Nacional de Derechos Humanos al que podrán hacerse acreedores, extranjeros radicados en el territorio nacional, cuya labor incida en favor de los mexicanos.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles, artículo 2.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
