# Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles - Artículo 5

Clave: LPERC
Artículo: 5
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 5
.- Los premios serán otorgados por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y los estímulos y recompensas, por los titulares de los ramos correspondientes de la Administración Pública. Dichos funcionarios fijarán las fechas y características de las ceremonias de entrega y los lugares de éstas, y quedan facultados para hacerlas personalmente o por conducto de representante.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles, artículo 5.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
