# Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles - Artículo 88

Clave: LPERC
Artículo: 88
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 88
.- El Premio Nacional de Administración Pública se otorgará en tres grados y consistirá en medalla que será de clase correspondiente al grado y se adicionará con la cantidad que fije el Presidente de la República.
La entrega se hará en solemne ceremonia que se celebrará el 5 de diciembre de cada año, fecha en la que se conmemora la publicación del primer Estatuto de los trabajadores al servicio de los Poderes de la Unión.
El Premio será con cargo al Presupuesto de la Presidencia de la República.
Artículo adicionado DOF
. Reformado DOF
(renumerado, antes Artículo 91-B)

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles, artículo 88.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
