# Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles - Artículo 90

Clave: LPERC
Artículo: 90
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 90
.- Si falleciere la persona a quien se debe otorgar el Premio Nacional de Administración Pública la entrega se hará a los beneficiarios designados ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o a quien expresamente se hubiere designado.
Artículo adicionado DOF
. Reformado DOF
(renumerado, antes Artículo 91-D)

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles, artículo 90.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
