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law_title: "Ley De Planeación Y Transición Energética"
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# Ley De Planeación Y Transición Energética - Artículo 10

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - De la Planeación del Sector Energético
- Capítulo I - De las Autoridades y Organismos

```text
Artículo 10.- La CONUEE es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría que cuenta con autonomía técnica y operativa. Tiene por objeto promover la Eficiencia Energética y constituirse como órgano de carácter técnico en materia de Aprovechamiento Sustentable de la Energía.
La CONUEE tiene una Dirección General, cuya persona titular debe ser designada por la persona titular del Ejecutivo Federal a propuesta de la persona titular de la Secretaría de Energía, quien la debe dirigir y representar legalmente; adscribir las unidades administrativas de la misma; expedir sus manuales; tramitar el presupuesto; delegar facultades en el ámbito de su competencia; nombrar y remover al personal, y tener las demás facultades que le confieran esta Ley y las demás disposiciones aplicables.
```

## Resumen corto

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Regla de LPTE sobre competencia de autoridades: La CONUEE es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría que cuenta con autonomía técnica y operativa.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La CONUEE es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría que cuenta con autonomía técnica y operativa.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 10 LPTE, competencia de autoridades, artículo 10 ley de planeacion y transicion energetica, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LPTE

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 10 de LPTE.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 10 de LPTE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La CONUEE es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría que cuenta con autonomía técnica y operativa.

### ¿Para qué sirve artículo 10?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lpte.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LPTE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPTE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
