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law_title: "Ley De Planeación Y Transición Energética"
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# Ley De Planeación Y Transición Energética - Artículo 15

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - De la Planeación del Sector Energético
- Capítulo I - De las Autoridades y Organismos

```text
Artículo 15.- Corresponde al Centro Nacional de Control de Energía:
I.	Administrar el acceso a la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución de las Centrales Eléctricas, incluyendo las Energías Limpias, acorde a la planeación del sector y dando prioridad a la Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional. Debe tomar en consideración las acciones en materia de almacenamiento de energía incluidas en el PLATEASE;
II.	Incluir en los programas de ampliación y modernización para la Red Nacional de Transmisión que proponga a la Secretaría, la expansión y equipamiento necesario para el aprovechamiento de los recursos ubicados en las zonas con potencial de Energías Renovables, acorde a la planeación del Sector Energético, promoviendo el cumplimiento de las metas de la Estrategia en condiciones de viabilidad económica, y
III.	Proporcionar a la Secretaría la información que ésta le solicite para la elaboración del PLADESE.
```

## Resumen corto

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Regla de LPTE sobre competencia de autoridades: Corresponde al Centro Nacional de Control de Energía:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Corresponde al Centro Nacional de Control de Energía:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 15 LPTE, competencia de autoridades, artículo 15 ley de planeacion y transicion energetica, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LPTE

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 15 de LPTE.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 15 de LPTE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Corresponde al Centro Nacional de Control de Energía:

### ¿Para qué sirve artículo 15?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lpte.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LPTE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPTE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
