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law_title: "Ley De Planeación Y Transición Energética"
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# Ley De Planeación Y Transición Energética - Artículo 43

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - De la Transición Energética y la reducción de la Pobreza Energética
- Capítulo II - Del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía

```text
Artículo 43.- La Secretaría debe administrar y coordinar el Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía.
El patrimonio financiero del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía debe actualizarse anualmente por la variación estimada del Índice Nacional de Precios al Consumidor. El monto del patrimonio del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía que se incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, puede modificarse en función de la cartera de proyectos susceptibles de recibir apoyos de dicho fondo, que cumpla con el propósito de potenciar el financiamiento disponible para la Eficiencia Energética, las Tecnologías Limpias, la Generación Limpia Distribuida, el aprovechamiento de las Energías Renovables y el combate a la Pobreza Energética.
De conformidad con sus reglas de operación, la asignación y distribución de recursos provenientes del fondo a que se refiere este Capítulo debe procurar un reparto equilibrado entre propuestas de Energías Limpias y propuestas de Eficiencia Energética.
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## Resumen corto

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Regla de LPTE sobre derechos de usuarios: La Secretaría debe administrar y coordinar el Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. La Secretaría debe administrar y coordinar el Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Palabras clave

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artículo 43 LPTE, derechos de usuarios, artículo 43 ley de planeacion y transicion energetica, quejas de usuarios, protección de usuarios

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 43 de LPTE.
- Práctica: preparar una queja, aclaración o solicitud ante proveedor o PROFECO.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona usuaria revisa este artículo antes de reclamar un cambio de plan, una falla del servicio, una cancelación o un cargo no reconocido.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede citarlo en una queja, aclaración, solicitud de cumplimiento, conciliación ante PROFECO o escrito dirigido al proveedor.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 43 de LPTE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. La Secretaría debe administrar y coordinar el Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía.

### ¿Para qué sirve artículo 43?

Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lpte.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LPTE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPTE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
