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law_title: "Ley De Planeación Y Transición Energética"
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# Ley De Planeación Y Transición Energética - Artículo 51

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - De la Transición Energética y la reducción de la Pobreza Energética
- Capítulo III - Del Fondo de Servicio Universal Energético

```text
Artículo 51.- El Fondo de Servicio Universal Energético se integra, en los términos previstos por la Ley del Sector Eléctrico y la Ley del Sector Hidrocarburos, por lo siguiente:
I.	Recursos por el excedente de ingresos que resulte de la gestión de pérdidas técnicas del Mercado Eléctrico Mayorista;
II.	Donativos nacionales o internacionales de terceras personas para el cumplimiento de sus objetivos;
III.	Por los montos de las multas y sanciones que sean impuestas por la Secretaría y la Comisión Nacional de Energía, a través del proceso de facturación y cobranza del Mercado Eléctrico Mayorista, y
IV.	Por los montos de las multas y sanciones que sean impuestas y cobradas a las personas titulares de los permisos de distribución y comercialización de gas natural y petrolíferos.
```

## Resumen corto

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Regla de LPTE sobre sanciones y cumplimiento: El Fondo de Servicio Universal Energético se integra, en los términos previstos por la Ley del Sector Eléctrico y la Ley del Sector Hidrocarburos, por lo siguiente:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. El Fondo de Servicio Universal Energético se integra, en los términos previstos por la Ley del Sector Eléctrico y la Ley del Sector Hidrocarburos, por lo siguiente:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 51 LPTE, sanciones y cumplimiento, artículo 51 ley de planeacion y transicion energetica, sanciones, multas, incumplimiento legal, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 51 de LPTE.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley Del Sector Eléctrico (`LSE`)
- Ley Del Sector Hidrocarburos (`LSH`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 51 de LPTE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. El Fondo de Servicio Universal Energético se integra, en los términos previstos por la Ley del Sector Eléctrico y la Ley del Sector Hidrocarburos, por lo siguiente:

### ¿Para qué sirve artículo 51?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lpte.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LPTE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPTE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
