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law_title: "Ley De Planeación Y Transición Energética"
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# Ley De Planeación Y Transición Energética - Artículo 85

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - De la Transición Energética y la reducción de la Pobreza Energética
- Capítulo IX - De la Participación Voluntaria
- Sección II - De los acuerdos voluntarios

```text
Artículo 85.- Cada dos años, la CONUEE debe elaborar y difundir, a más tardar el 31 de julio, un reporte de evaluación sobre los acuerdos voluntarios. Este reporte debe estimar los ahorros generados por las medidas de reducción en la intensidad energética derivadas de los acuerdos celebrados.
Para la estimación de los ahorros a que se refiere el párrafo anterior, la CONUEE puede apoyarse en expertos independientes.
Con base en este reporte, la Secretaría debe determinar la conveniencia de establecer cumplimientos obligatorios de acciones de Eficiencia Energética para determinados sectores productivos. En su caso, la Secretaría puede emitir las disposiciones administrativas que regulen las obligaciones, medios de verificación y sanciones correspondientes, así como las determinaciones necesarias para su operación.
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## Resumen corto

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Regla de LPTE sobre sanciones y cumplimiento: Cada dos años, la CONUEE debe elaborar y difundir, a más tardar el 31 de julio, un reporte de evaluación sobre los acuerdos voluntarios.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Cada dos años, la CONUEE debe elaborar y difundir, a más tardar el 31 de julio, un reporte de evaluación sobre los acuerdos voluntarios.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 85 LPTE, sanciones y cumplimiento, artículo 85 ley de planeacion y transicion energetica, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 85 de LPTE.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Plazo

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 31

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 85 de LPTE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Cada dos años, la CONUEE debe elaborar y difundir, a más tardar el 31 de julio, un reporte de evaluación sobre los acuerdos voluntarios.

### ¿Para qué sirve artículo 85?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lpte.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LPTE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPTE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
