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law_title: "Ley Para Regular Las Agrupaciones Financieras"
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# Ley Para Regular Las Agrupaciones Financieras - Artículo 88

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - De las inversiones de la Sociedad Controladora
- CAPÍTULO II - De las inversiones en entidades financieras que no sean integrantes del Grupo Financiero

```text
Artículo 88.- Para que una Sociedad Controladora incremente o disminuya su participación directa o indirecta en entidades financieras que no sean integrantes de su Grupo Financiero, sin que en ningún caso exceda del cincuenta por ciento del capital social de dichas entidades, se requerirá autorización de la Secretaría, oyendo la opinión del Banco de México y, según corresponda, de las Comisiones Nacionales Bancaria y de Valores, de Seguros y Fianzas o del Sistema de Ahorro para el Retiro.

La solicitud correspondiente deberá especificar lo siguiente:

I.	El monto del aumento o disminución en la inversión que mantenga, así como el porcentaje de participación accionaria que ésta represente en el capital social de la entidad que corresponda;

II.	La justificación del referido aumento o disminución, y

III.	La relación de accionistas de la entidad de que se trate, así como el porcentaje de su tenencia accionaria que resultaría del aumento o disminución de la inversión.

Al efecto, se deberá anexar copia autentificada por el secretario del consejo de administración del acuerdo adoptado por el órgano de administración que corresponda, en el que conste la aprobación del aumento o la disminución de la inversión en el capital de la entidad de que se trate.
```

## Resumen corto

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Regla de LRAF sobre concesiones y uso de recursos públicos: Para que una Sociedad Controladora incremente o disminuya su participación directa o indirecta en entidades financieras que no sean integrantes de su Grupo Financiero...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Para que una Sociedad Controladora incremente o disminuya su participación directa o indirecta en entidades financieras que no sean integrantes de su Grupo Financiero, sin que en ningún caso exceda del cincuenta por ciento del capital social de dichas...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

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artículo 88 LRAF, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 88 ley para regular las agrupaciones financieras, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos, Grupo Financiero, Secretaría, Sociedad Controladora

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 88 de LRAF.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Requisito
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Grupo Financiero | aquella agrupación integrada por la Sociedad Controladora y por entidades financieras, autorizada por la Secretaría para funcionar como tal, en términos del artículo 11 de esta Ley | 5o |
| Secretaría | a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 5o |
| Sociedad Controladora | a la sociedad anónima autorizada por la Secretaría para organizarse como tal, en términos de la presente Ley | 5o |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 88 de LRAF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Para que una Sociedad Controladora incremente o disminuya su participación directa o indirecta en entidades financieras que no sean integrantes de su Grupo Financiero, sin que en ningún caso exceda del cincuenta por ciento del capital social de dichas...

### ¿Para qué sirve artículo 88?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lraf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRAF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRAF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
