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law_title: "Ley De Recompensas De La Armada De México"
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# Ley De Recompensas De La Armada De México - Artículo 53

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO SEGUNDO - De las Condecoraciones
- CAPITULO X - Condecoración a la Perseverancia Excepcional

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ARTICULO 53.- La Condecoración de Perseverancia Excepcional será en tamaño original y miniatura. La condecoración en tamaño original consta de:

I.- Joya. Será una cruz de molina en metal dorado inscrita en un círculo imaginario de cuarenta y cinco milímetros de diámetro, en los brazos llevará un campo esmaltado en azul marino, rojo o verde bandera para las condecoraciones de primera, segunda y tercera clases, respectivamente; siguiendo sensiblemente la cruz de molina y al centro del campo esmaltado, llevará un campo dorado en la forma del campo antes descrito. La cruz estará sobrepuesta a una corona de laurel, confeccionada en metal dorado, de treinta y cinco milímetros de diámetro exterior y veintidós milímetros de diámetro interior, sobrepuesta a la cruz y al centro llevará una galleta de dieciocho milímetros de diámetro, la galleta estará esmaltada en azul marino, rojo bandera o verde bandera según corresponda. Sobrepuesta a la galleta llevará una corona de laurel y encino en metal dorado para la condecoración de primera clase y en metal plateado para las condecoraciones de segunda y tercera clase. La corona estará abierta en su parte superior externa por un sector de seis milímetros de abertura máxima y cuatro milímetros mínima por su parte superior interna, sobrepuesta en el campo interior de la corona, llevará un ancla de patente con arganeo, inscrita en un rectángulo imaginario de nueve por trece milímetros. El ancla será en metal dorado para las condecoraciones de primera y segunda clase y plateado para la condecoración de tercera clase. En el brazo superior de la cruz llevará el escudo de la Armada de México, inscrito en un círculo imaginario de quince milímetros de diámetro, por la parte posterior tendrá una grapa para afirmarse a la argolla del listón del que penderá la joya. Por el reverso la joya llevará realzada sobre la corona de laurel, en la parte superior la leyenda "perseverancia" y en la parte inferior "excepcional", las letras serán de molde y de tres milímetros de alto, al centro llevará una galleta de metal dorado de dieciocho milímetros de diámetro con la leyenda: " 50 años de servicios, 1a. clase", "45 años de servicio, 2a. clase" y " 40 años de servicio, 3a. clase, según corresponda.

II.- Listón. Será en popotillo de seda en forma pentagonal de treinta milímetros de ancho y cuarenta y cinco milímetros de largo, en color oro, rojo y verde bandera para las condecoraciones de primera, segunda y tercera clase, respectivamente, llevará sobrepuesto un listón de derecha a izquierda en forma diagonal de nueve milímetros de ancho con los colores nacionales, debiendo quedar el verde hacia arriba. En su parte superior llevará una placa labrada en metal dorado con un alfiler y seguro por su cara posterior y una argolla de unión, en el vértice inferior, de donde penderá la joya.

III.- Gafete. Será un rectángulo de nueve milímetros de ancho por treinta milímetros de largo, confeccionado en popotillo de seda en color oro, rojo y verde bandera para las condecoraciones de primera, segunda y tercera clases, respectivamente. Además, llevará de derecha a izquierda en forma diagonal, un listón de nueve milímetros de ancho con los colores nacionales, debiendo quedar el verde hacia arriba. 
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## Resumen corto

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Regla de LRAM sobre regla aplicable: La Condecoración de Perseverancia Excepcional será en tamaño original y miniatura.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Condecoración de Perseverancia Excepcional será en tamaño original y miniatura.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 53 LRAM, regla aplicable, artículo 53 ley de recompensas de la armada de mexico

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 53 de LRAM.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Plazo

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 53 de LRAM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Condecoración de Perseverancia Excepcional será en tamaño original y miniatura.

### ¿Para qué sirve artículo 53?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lram.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRAM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRAM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
