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law_title: "Ley Para Regular Las Actividades De Las Sociedades Cooperativas De Ahorro Y Préstamo"
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# Ley Para Regular Las Actividades De Las Sociedades Cooperativas De Ahorro Y Préstamo - Artículo 9

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO
- Capítulo I - Del registro

```text
Artículo 9.- En el folio electrónico del registro a que se refiere el Artículo 7 anterior, correspondiente a cada Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, se anotarán los asientos registrales siguientes:

I.	La denominación social.

II.	El domicilio social.

III.	Los datos relativos a su constitución.

IV.	El número de Socios.

V.	El monto de activos.

VI.	El lugar o lugares donde se llevan a cabo sus operaciones.

VII.	El nombre de sus administradores, así como principales directivos y funcionarios.

VIII.	El nivel de operaciones que corresponda. Tratándose de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación de I a IV, dicha información deberá proporcionarse una vez que aquéllos sean asignados por la Comisión conforme a esta Ley.

IX.	En su caso, nombre y domicilio de la Federación a la que esté afiliada.

X. 	En su caso, la causa por la que se cancele el registro.
Fracción adicionada DOF 28-04-2014

XI. 	Otras anotaciones registrales.
Fracción recorrida DOF 28-04-2014

El Comité de Supervisión Auxiliar deberá actualizar la información del citado registro de manera trimestral y, en su caso, semestral, con base en la información que les proporcionen las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo en términos de lo dispuesto por los Artículos 15 y 34 de la presente Ley.

Asimismo, el Comité de Supervisión Auxiliar deberá publicar en su página electrónica en la red mundial denominada “Internet”, un listado señalando las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo que se encuentren supervisadas por la Comisión y cuenten con la protección de la cuenta de seguro de depósito que el Fondo de Protección constituya conforme lo previsto en esta Ley, así como aquéllas que por contar con un nivel de operaciones básico, no se encuentran en tales supuestos.
```

## Resumen corto

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Regla de LRASCAP sobre competencia de autoridades: En el folio electrónico del registro a que se refiere el Artículo 7 anterior, correspondiente a cada Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, se anotarán los asientos...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. En el folio electrónico del registro a que se refiere el Artículo 7 anterior, correspondiente a cada Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, se anotarán los asientos registrales siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 9 LRASCAP, competencia de autoridades, artículo 9 ley para regular las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y prestamo, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LRASCAP, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 9 de LRASCAP.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 34

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 9 de LRASCAP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. En el folio electrónico del registro a que se refiere el Artículo 7 anterior, correspondiente a cada Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, se anotarán los asientos registrales siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 9?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrascap.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRASCAP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRASCAP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
