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law_title: "Ley Reglamentaria Del Artículo 3O. De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia De Mejora Continua De La Educación"
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# Ley Reglamentaria Del Artículo 3O. De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia De Mejora Continua De La Educación - Artículo 17

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Tercero - Del Sistema Integral de Formación, Capacitación y Actualización
- Capítulo I - Del derecho a la formación, capacitación y actualización de las maestras y los maestros

```text
Artículo 17. La Unidad del Sistema, enviará a la Comisión los resultados de los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento previstos en la Ley respectiva, para que determine, formule y fortalezca los programas de formación, capacitación y actualización de las maestras y los maestros.

La Comisión emitirá los criterios conforme a los cuales la Secretaría, las autoridades de educación media superior, las autoridades educativas de los Estados y la Ciudad de México y los organismos descentralizados llevarán a cabo la valoración del diseño, la operación y los resultados de la oferta de formación, capacitación y actualización, y formularán las recomendaciones pertinentes. Dichos criterios serán revisados periódicamente por la Comisión.

La oferta de formación, capacitación y actualización se adecuará conforme a los avances científicos, humanísticos, tecnológicos y de innovación.

La Unidad del Sistema remitirá a las autoridades de educación media superior, las autoridades educativas de las entidades federativas y los organismos descentralizados, los resultados de la evaluación diagnóstica, para que implementen, de conformidad con los criterios que determine la Secretaría, los programas de formación, capacitación y actualización de las maestras y los maestros, formulados por la Comisión.
```

## Resumen corto

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Regla de LRArt3_MMCE_300919 sobre competencia de autoridades: La Unidad del Sistema, enviará a la Comisión los resultados de los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento previstos en la Ley respectiva...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Unidad del Sistema, enviará a la Comisión los resultados de los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento previstos en la Ley respectiva, para que determine, formule y fortalezca los programas de formación, capacitación y...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 17 LRArt3_MMCE_300919, competencia de autoridades, artículo 17 ley reglamentaria del articulo 3o. de la constitucion politica de los estados unidos mexicanos, en materia de mejora continua de la educacion, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LRArt3_MMCE_300919, Autoridades de educación media superior, Comisión, Sistema, Unidad del Sistema, Actualización, Capacitación, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 17 de LRArt3_MMCE_300919.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Autoridades de educación media superior | a la instancia de la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal encargada del ejercicio de la función social educativa en el tipo medio superior, los niveles que corresponda y su equivalente en las entidades federativas | 3 |
| Comisión | a la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación | 3 |
| Sistema | al Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación | 3 |
| Unidad del Sistema | a la Unidad del Sistema Nacional para la Carrera de las Maestras y los Maestros | 3 |
| Actualización | a la oferta de servicios para la adquisición y desarrollo del conocimiento educativo actual, con el fin de mejorar permanentemente la actividad profesional de las maestras y los maestros | 15 |
| Capacitación | al conjunto de acciones encaminadas a generar aptitudes, transmitir conocimientos o detonar habilidades específicas para el ejercicio de la función docente, técnico docente, de asesoría técnico pedagógica, de dirección y de supervisión | 15 |
| Formación | al conjunto de acciones diseñadas y ejecutadas por las autoridades educativas que imparten educación básica y media superior, y las instituciones de educación superior para proporcionar las bases teórico prácticas de la pedagogía y demás ciencias de la educación | 15 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 17 de LRArt3_MMCE_300919?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Unidad del Sistema, enviará a la Comisión los resultados de los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento previstos en la Ley respectiva, para que determine, formule y fortalezca los programas de formación, capacitación y...

### ¿Para qué sirve artículo 17?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrart3_mmce.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRArt3_MMCE_300919.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRArt3_MMCE_300919.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
