---
law_key: "LRFIyII_Art105"
law_title: "Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo 105 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos"
article_key: "17"
article_label: "Artículo 17"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-17
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LRFIyII_Art105/articulo/17/"
---

# Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo 105 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 17

<!-- mley:article law="LRFIyII_Art105" article="17" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título II - De las Controversias Constitucionales
- Capítulo II - De los incidentes
- Sección II - De la suspensión

```text
ARTICULO 17. Hasta en tanto no se dicte la sentencia definitiva, la ministra o el ministro instructor podrá modificar o revocar el auto de suspensión que hubiera dictado, siempre que ocurra un hecho superveniente que lo fundamente.

Si la suspensión hubiere sido concedida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el recurso de reclamación previsto en el artículo 51, la ministra o el ministro instructor someterá a la consideración del propio Pleno los hechos supervenientes que fundamenten la modificación o revocación de la misma, a efecto de que éste resuelva lo conducente.
Artículo reformado DOF 03-04-2025
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LRFIyII_Art105 sobre sanciones y cumplimiento: Hasta en tanto no se dicte la sentencia definitiva, la ministra o el ministro instructor podrá modificar o revocar el auto de suspensión que hubiera dictado, siempre que...

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Hasta en tanto no se dicte la sentencia definitiva, la ministra o el ministro instructor podrá modificar o revocar el auto de suspensión que hubiera dictado, siempre que ocurra un hecho superveniente que lo fundamente.

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 17 LRFIyII_Art105, sanciones y cumplimiento, artículo 17 ley reglamentaria de las fracciones i y ii del articulo 105 de la constitucion politica de los estados unidos mexicanos, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 17 de LRFIyII_Art105.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Derecho o facultad
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 51

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 17 de LRFIyII_Art105?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Hasta en tanto no se dicte la sentencia definitiva, la ministra o el ministro instructor podrá modificar o revocar el auto de suspensión que hubiera dictado, siempre que ocurra un hecho superveniente que lo fundamente.

### ¿Para qué sirve artículo 17?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrfiyii_art105.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRFIyII_Art105.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRFIyII_Art105.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
