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law_title: "Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo 105 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos"
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# Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo 105 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 37

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título II - De las Controversias Constitucionales
- Capítulo V - De la instrucción

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ARTICULO 37. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a solicitud de alguno o alguna de sus integrantes podrá, mediante acuerdos generales, acordar el aplazamiento de la resolución de los juicios de amparo radicados en ella, hasta en tanto se resuelva una controversia constitucional siempre que las normas impugnadas en unos y otra fueren las mismas. En este supuesto, no correrá el término de caducidad previsto en el artículo 74, fracción V de la Ley de Amparo.
Artículo reformado DOF 03-04-2025
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## Resumen corto

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Regla de LRFIyII_Art105 sobre regla aplicable: La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a solicitud de alguno o alguna de sus integrantes podrá, mediante acuerdos generales, acordar el aplazamiento de la resolución...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a solicitud de alguno o alguna de sus integrantes podrá, mediante acuerdos generales, acordar el aplazamiento de la resolución de los juicios de amparo radicados en ella, hasta en tanto se resuelva una controversia...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 37 LRFIyII_Art105, regla aplicable, artículo 37 ley reglamentaria de las fracciones i y ii del articulo 105 de la constitucion politica de los estados unidos mexicanos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 37 de LRFIyII_Art105.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 37 de LRFIyII_Art105?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a solicitud de alguno o alguna de sus integrantes podrá, mediante acuerdos generales, acordar el aplazamiento de la resolución de los juicios de amparo radicados en ella, hasta en tanto se resuelva una controversia...

### ¿Para qué sirve artículo 37?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrfiyii_art105.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRFIyII_Art105.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRFIyII_Art105.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
