---
law_key: "LRFIyII_Art105"
law_title: "Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo 105 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos"
article_key: "51"
article_label: "Artículo 51"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-51
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LRFIyII_Art105/articulo/51/"
---

# Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo 105 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 51

<!-- mley:article law="LRFIyII_Art105" article="51" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título II - De las Controversias Constitucionales
- Capítulo VIII - De los recursos
- Sección I - De la reclamación

```text
ARTICULO 51. El recurso de reclamación procederá en los siguientes casos:

I. 	Contra los autos o resoluciones que admitan o desechen una demanda, su contestación o sus respectivas ampliaciones;

II. 	Contra los autos o resoluciones que pongan fin a la controversia o que por su naturaleza trascendental y grave puedan causar un agravio material a alguna de las partes no reparable en la sentencia definitiva;

III.	Contra las resoluciones dictadas por la ministra o el ministro instructor al resolver cualquiera de los incidentes previstos en el artículo 12; 
Fracción reformada DOF 03-04-2025

IV.	Contra los autos de la ministra o del ministro instructor en que se otorgue, niegue, modifique o revoque la suspensión; 
Fracción reformada DOF 03-04-2025

V.	Contra los autos o resoluciones de la ministra o del ministro instructor que admitan o desechen pruebas;
Fracción reformada DOF 03-04-2025

VI.	Contra los autos o resoluciones de la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que tengan por cumplimentadas las ejecutorias dictadas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y 
Fracción reformada DOF 03-04-2025

VII. 	En los demás casos que señale esta ley.
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LRFIyII_Art105 sobre regla aplicable: El recurso de reclamación procederá en los siguientes casos:

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. El recurso de reclamación procederá en los siguientes casos:

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 51 LRFIyII_Art105, regla aplicable, artículo 51 ley reglamentaria de las fracciones i y ii del articulo 105 de la constitucion politica de los estados unidos mexicanos

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 51 de LRFIyII_Art105.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 12

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 51 de LRFIyII_Art105?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. El recurso de reclamación procederá en los siguientes casos:

### ¿Para qué sirve artículo 51?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrfiyii_art105.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRFIyII_Art105.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRFIyII_Art105.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
