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law_title: "Ley Sobre Refugiados, Protección Complementaria Y Asilo Político"
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# Ley Sobre Refugiados, Protección Complementaria Y Asilo Político - Artículo 56

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - DE LOS REFUGIADOS
- CAPITULO IV - DE LA ASISTENCIA INSTITUCIONAL

```text
Artículo 56. La Secretaría promoverá que las dependencias y entidades federales, estatales, municipales, del Distrito Federal y sus Delegaciones, así como las instituciones que otorguen apoyos a las personas a que se refiere el artículo 54 de esta Ley, brinden las facilidades a los solicitantes y refugiados para el acceso a los beneficios de sus programas, de conformidad con las disposiciones jurídicas que resulten aplicables.
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## Resumen corto

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Regla de LRPCAP sobre competencia de autoridades: La Secretaría promoverá que las dependencias y entidades federales, estatales, municipales, del Distrito Federal y sus Delegaciones, así como las instituciones que...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría promoverá que las dependencias y entidades federales, estatales, municipales, del Distrito Federal y sus Delegaciones, así como las instituciones que otorguen apoyos a las personas a que se refiere el artículo 54 de esta Ley, brinden las...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 56 LRPCAP, competencia de autoridades, artículo 56 ley sobre refugiados, proteccion complementaria y asilo politico, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LRPCAP, Secretaría

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 56 de LRPCAP.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Secretaría | Secretaría de Gobernación | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 54

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 56 de LRPCAP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría promoverá que las dependencias y entidades federales, estatales, municipales, del Distrito Federal y sus Delegaciones, así como las instituciones que otorguen apoyos a las personas a que se refiere el artículo 54 de esta Ley, brinden las...

### ¿Para qué sirve artículo 56?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrpcap.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRPCAP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRPCAP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
