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law_title: "Ley Sobre Refugiados, Protección Complementaria Y Asilo Político"
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# Ley Sobre Refugiados, Protección Complementaria Y Asilo Político - Artículo 71

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título adicionado DOF 30-10-2014
- Capítulo adicionado DOF 30-10-2014

```text
Artículo 71. La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá retirar el otorgamiento de asilo político en los siguientes casos:

I. En los que se acredite que el asilado ocultó o falseó la información proporcionada;

II. Por realizar actos en territorio nacional que constituyan un riesgo o amenaza para la seguridad nacional;

III. Cuando existan razones fundadas para considerar que el asilado ha cometido un delito contra la paz, el crimen de genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra de los definidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte o del delito de terrorismo, o

IV. Cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su otorgamiento.
Artículo adicionado DOF 30-10-2014
```

## Resumen corto

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Regla de LRPCAP sobre competencia de autoridades: La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá retirar el otorgamiento de asilo político en los siguientes casos:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá retirar el otorgamiento de asilo político en los siguientes casos:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 71 LRPCAP, competencia de autoridades, artículo 71 ley sobre refugiados, proteccion complementaria y asilo politico, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LRPCAP, Asilo Político, Asilado, Secretaría

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 71 de LRPCAP.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Asilo Político | Protección que el Estado Mexicano otorga a un extranjero considerado perseguido por motivos o delitos de carácter político o por aquellos delitos del fuero común que tengan conexión con motivos políticos, cuya vida, libertad o seguridad se encuentre en peligro, el cual podrá ser solicitado por vía diplomática o territorial. En todo momento se entenderá por Asilo el Asilo Político | 2 |
| Asilado | El extranjero que encontrándose en el supuesto establecido en el artículo 61 de la Ley recibe la protección del Estado Mexicano | 2 |
| Secretaría | Secretaría de Gobernación | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 30
- 10

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 71 de LRPCAP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá retirar el otorgamiento de asilo político en los siguientes casos:

### ¿Para qué sirve artículo 71?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrpcap.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LRPCAP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRPCAP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
